Dos retrasos al pagar el alquiler del piso justificarán el desahucio

Tal y como han recogido varios periódicos, el Tribunal Supremo acaba de dictar una sentencia que supone un alivio para los propietarios de viviendas que tengan inquilinos que se retrasan en el pago de la renta. Desde CASSANA creemos que este tipo de resoluciones ayudarán a consolidar el alquiler de pisos en nuestro país.

El Tribunal Supremo ha considerado que un segundo retraso en el pago del alquiler justifica el desahucio del inquilino. La sentencia de la Sala de lo Civil establece dos requisitos para poder aplicar esta doctrina: que hubiera una demanda previa por impago y que el contrato de alquiler estipule un plazo máximo de pago para evitar el desahucio.

La resolución del Tribunal Supremo establece que, en los casos de demanda previa por impago, el inquilino ya no podrá gozar de la posibilidad de “enervar la acción de desahucio”, porque el mero retraso en el pago se entenderá como “incumplimiento pleno de sus obligaciones” y no podrá evitar el desahucio. El caso juzgado analizaba una demanda contra una mujer que se había retrasado en el pago de una mensualidad y el juez de primera instancia la desestimó por considerar que no estaba acreditada la falta de pago.

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